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A) ÁMBITO LABORAL
El pasado el 15 abril, el SEPE publicó una Resolución con la que pretendía flexibilizar tanto la formación de oferta (subvenciones), como la formación de demanda (bonificaciones), para dar respuesta a la situación generada por el Estado de Alarma. Esta Resolución generó múltiples dudas de tipo técnico, por lo que tanto las organizaciones empresariales más representativas como las sindicales, formulamos distintas preguntas por escrito.
En el día de hoy se nos ha dado traslado del documento de respuestas a las preguntas formuladas, documento que os adjunto por su indudable interés, en la medida en que puede contribuir a dar mayor seguridad sobre los criterios que la Administración piensa aplicar en la gestión de esta Resolución.
Consultas definitivas Resolución 15 de abril 28 04 2020
B) ÁMBITO FISCAL Y TRIBUTARIO
I. 05-05-20 Solicitud de cita previa para atención telefónica campaña Renta 2019 (Plan «Le LLamamos»)
Solicitud de cita previa para atención telefónica campaña Renta 2019 (Plan «Le LLamamos»)
El martes 5 de mayo se inicia el plazo de petición de cita previa para la confección telefónica de declaraciones de Renta 2019.
La atención presencial en campaña de Renta en las oficinas de la AEAT queda supeditada a las condiciones que vayan marcando en cada momento las circunstancias sanitarias.
Puede solicitar cita para la confección telefónica de declaraciones tanto por internet como a través de la app «Agencia Tributaria», en los teléfonos 901 12 12 24 o 91 535 73 26 (servicio automático)  en cualquier momento del día, o bien llamando a los teléfonos 901 22 33 44 y 91 553 00 71 de lunes a viernes, en horario de 9 a 19 horas.
El plazo para solicitar cita previa finalizará el próximo 29 de junio.
Verifique que cumple los requisitos para utilizar este servicio en el siguiente enlace:
Requisitos para que la Agencia Tributaria le confeccione y presente su Renta
II. 05-05-20 Nuevo servicio de ayuda para la confección de modelos 131 y 303
Nuevo servicio de ayuda para la confección de modelos 131 y 303
Se incluye dentro de los portales de Módulos, Renta e  IVA un servicio denominado «Servicio de ayuda para la confección del modelo 131 del régimen de módulos IRPF y/o modelo 303 del régimen simplificado IVA».
Este nuevo servicio de ayuda tiene como objetivo facilitar la presentación de los modelos 131 y 303 para aquellos autónomos que, debido al estado de alarma por el COVID-19, no pueden acudir a las oficinas de la AEAT como venían efectuando. El servicio se dirige a empresarios que apliquen el régimen de módulos en el IRPF y régimen simplificado en IVA.
Tras rellenar un sencillo formulario donde indicar los datos suficientes para el cálculo de los módulos y otra información relevante, el contribuyente recibirá los modelos 131 y 303 confeccionados a través del correo electrónico para su presentación en la entidad bancaria o, si dispone de certificado o cl@ve, su cumplimentación on-line.
Nuevo servicio de ayuda para empresarios en módulos.
C) ÁMBITO COMUNIDAD VALENCIANA
I. DOGV: Resolución de 29 de abril de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se acuerda la continuación de determinados procedimientos y trámites administrativos, conforme a lo previsto en el apartado 4 de la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Mediante esta Resolución se acuerda continuar con la tramitación de los procedimientos administrativos y los trámites relativos a las siguientes líneas de subvención competencia de la Dirección General de Industria, Energía y Minas:

  • La gestión, evaluación y tramitación de la convocatoria para el ejercicio 2020, de ayudas para planes de industrialización desarrollados por asociaciones empresariales de los sectores de la Comunitat Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera-mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, productos infantiles, papel y artes gráficas, valorización de residuos, energía, biotecnología, producción audiovisual y producción de videojuegos. (véase convocatoria 2020)
  •  La convocatoria para el ejercicio 2020, del programa de ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad industrial mediante acciones desarrolladas por asociaciones empresariales de ámbito multisectorial y comarcal (véase convocatoria 2019),
  • La convocatoria para el ejercicio 2020 del programa de ayudas para apoyar actuaciones que mejoren la competitividad de las áreas industriales de la Comunitat Valenciana, desarrolladas por entidades gestoras (véase convocatoria 2019)
  • La propuesta, evaluación, gestión y seguimiento de convenios en materias propias de sus funciones.

Asimismo, se acuerda la continuación de los procedimientos administrativos específicos que se relacionan en el anexo de la Resolución para garantizar el funcionamiento básico de los servicios administrativos a lo largo del ejercicio 2020, entre los que se destaca:

  • La inspección, el control y la vigilancia del cumplimiento de las reglamentaciones técnicas y normas de seguridad sobre productos, equipos, instalaciones y actividades industriales.
  • El ejercicio de las competencias administrativas en materia de establecimientos e instalaciones industriales, registro industrial, registros específicos de empresas habilitadas y cualificaciones profesionales en el ámbito de seguridad industrial y minera, infraestructura para la calidad y la seguridad industrial, metrología legal, actividades e instalaciones destinadas al suministro de energía o productos energéticos, yacimientos minerales, explotaciones mineras, entre otros.

Esta Resolución producirá efectos desde hoy, y será de aplicación mientras esté vigente el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus prórrogas posteriores.
D) OTRAS MEDIDAS
Resolución de 2 de mayo de 2020de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se publican los Acuerdos de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, de 28 de abril de 2020, por los que se determinan importes máximos de venta al público en aplicación de lo previsto en la Orden SND/ 354/2020, de 19 de abril, por la que se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por el COVID-19.
Se determinan importes máximos de venta al público de:

  • Antisépticos de piel sana autorizados por la AEMPS. Se acuerda un PVP máximo por ml de los antisépticos de piel sana, con demostrada eficacia virucida, por  tramos.
     
  Hasta 150 ml.  0,032 €/ml
  De 151 ml y hasta 300 ml. 0,023 €/ml
  De 301 ml y hasta 1000 ml. 0,015 €/ml
     

Los importes máximos son unitarios y son precios finales con el IVA o, en su caso, el IGIC correspondientes.

  • Geles y soluciones hidroalcohólicos autorizadas temporalmente por la AEMPS. Se acuerda la revisión al alza del precio en los formatos hasta 150 ml y de 151-300 ml aplicando un coeficiente corrector de 1,2.
 

 €/ml anterior

€/ml nuevo

Hasta 150 ml.

 0,021

0,025

De 151 ml y hasta 300 ml.

0,018

0,021

     
  • Los importes máximos son unitarios y son precios finales con el IVA o, en su caso, el IGIC correspondientes.
    Para una mayor información se adjunta la normativa de referencia.

Estos acuerdos producirán efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
BOE-A-2020-4815

II. COVID-19: Criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a los avales por cuenta del Estado

En el BOE de 1 de mayo se ha publicado la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril, por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

El artículo 9 del RD-ley 11/2020 de 31 de marzo, autoriza al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a que, mediante convenio con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) desarrolle una línea de avales, con total cobertura del Estado, a fin de que las entidades de crédito puedan ofrecer ayudas transitorias de financiación para hacer frente al alquiler de vivienda habitual de los hogares que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad social y económica como consecuencia de la expansión del COVID-19.

Orden TMA378.2020 de 30 de abril

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