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A) MEDIDAS ÁMBITO LABORAL
1. EN RELACIÓN AL REAL DECRETO LEY 10/2020 DE 29 DE MARZO POR EL QUE SE REGULA UN PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE:

a) CRITERIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, DE FECHA 31 DE MARZO DE 2020, RELATIVO A LAS MEDIDAS A APLICAR DURANTE EL PERIODO DE INTERRUPCIÓN DE ACTIVIDADES DEL 30 DE MARZO AL 9 DE ABRIL.

Conforme se desprende de dicho criterio, las empresas obligadas a interrumpir su actividad o parar su producción al mínimo indispensable entre el 30 de marzo y el 9 de abril, como consecuencia del RDL 10/2020 podrán adoptar o seguir adoptando cualesquiera medidas que garanticen la reducción de la movilidad de los trabajadores, en concreto:

  • ERTE POR CAUSA DE FUERZA MAYOR:

Si durante este periodo temporal la paralización e interrupción de actividades se produjera como consecuencia de la aplicación del RDL 10/2020, pueden entenderse provenientes de fuerza mayor temporal, limitada su duración hasta el 9 de abril de 2020.

Las medidas de suspensión ya autorizadas seguirán aplicándose en la medida en que aseguren la restricción de movilidad a toda la plantilla. Se entienden por causa de fuerza mayor las fundadas de manera directa en pérdidas de actividad como consecuencia del COVID-19 (declaración de estado de alarma, suspensión o cancelación de actividades, cierre de locales, restricciones del transporte, falta de suministros que impidan el desarrollo ordinario de la actividad, situaciones extraordinarias y urgentes por contagio de la plantilla, aislamiento preventivo decretado por la autoridad sanitaria).

  • ERTE POR CAUSAS TÉCNICAS, ORGANIZATIVAS, PRODUCTIVAS O ECONÓMICAS limitadas al estado de alarma y sus prórrogas:

Si la actividad ya se ha suspendido se entiende que responde a la finalidad de confinamiento durante el período del 30 de marzo al 9 de abril y la suspensión sigue operativa.

Si no se están aplicando ya de manera efectiva su aplicación queda condicionada a que satisfagan la finalidad de reducir la movilidad.

  • REDUCCIÓN DE JORNADA POR LAS CAUSAS ANTERIORES siempre que se combine con alguna de las medidas de suspensión del contrato, teletrabajo y permiso retribuido recuperable.

SUSPENSIÓN POR OTRAS CAUSAS LEGALES PREVISTAS EN EL 45.1 DEL ET (mutuo acuerdo, consignadas en el contrato, IT, nacimiento, y cualesquiera otras causas de suspensión de la relación laboral que garanticen el objetivo de la limitación de la movilidad).

  • TELETRABAJO U OTRAS MEDIDAS DE FLEXIBILIDAD INTERNA O DISTRIBUCIÓN IRREGULAR DE JORNADA.

Cuando ya se estén aplicando ERTE,s de suspensión de contratos que no afectan a toda la plantilla o de reducción de jornada, respecto del resto de la plantilla o de la parte de jornada no afectada por el ERTE deben aplicarse otras medidas de suspensión, el permiso recuperable o el teletrabajo.

Criterio DGT 31 03 2020

b) ÁMBITO COMUNIDAD VALENCIANA: RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2020, del director general de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral por la que se acuerda la ampliación del plazo para resolver y notificar los expedientes temporales de regulación de empleo relacionados con las medidas adoptadas por la Covid-19 en la Comunitat Valenciana.

A la vista de la incidencia que la situación extraordinaria de las medidas adoptadas para evitar la expansión del Covid-19 está teniendo en el ámbito laboral de la Comunitat Valenciana, con un número de solicitudes de Expedientes Temporales de Regulación de Empleo que superan con creces los 30.000, y que han desbordado totalmente la capacidad de la Autoridad Laboral de la Comunitat Valenciana, a día de hoy no es posible garantizar el cumplimiento del plazo de 5 días, desde la presentación de las solicitudes, para emitir y notificar las oportunas resoluciones, tal y como dispone el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la Covid-19.

Objeto de esta Resolución: Ampliar a 10 días el plazo máximo para resolver y notificar los expedientes de regulación temporal de empleo relacionados con la declaración del Estado de Alarma por la Covid-19 que han tenido entrada en la Autoridad Laboral de la Comunitat Valenciana, siempre y cuando el plazo inicial para resolver no se encontrara ya vencido en la fecha de publicación de este acuerdo.

Entrada en vigor: 1 de abril de 2020

2020_2765

c) Instrucción 2/2020 de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre actuaciones inspectoras urgentes para la comprobación del cumplimiento del real decreto-ley 10/2020.

Instruccion_2_2020

d) Nota interpretativa del MINCOTUR para el sector industrial sobre la aplicación del RDL 10/2020.

Nota interpretativa sector industrial RDL10-2020

2. EN RELACIÓN AL REAL DECRETO LEY 11/2020 DE 31 DE MARZO POR LA QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES COMPLEMENTARIAS

a) Se adjunta publicación en el BOE del Real Decreto Ley 11/2020, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

BOE-A-2020-4208

b) Se adjunta la nota resumen de CEOE

MEDIDAS LABORALES RDL 11 2020

c) Se traslada comunicación del Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social en relación al R.D. Ley 11/2020

ESCRITO DIRECTOR GENERAL TGSS

3. SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL (SEPE)

a) Instrucciones provisionales aprobadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), para facilitar y homogeneizar la aplicación de las medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo recogidas en el Real Decreto Ley 8/2020 y el Real Decreto Ley 9/2020.

Instrucciones SEPE

b) IMPORTANTE: Por indicaciones del Servicio Público de Empleo y debido a la sobrecarga que en estos momentos se está produciendo en el mismo, nos indican que se está habilitando una modificación en la plantilla Excel de comunicación de los s ERTES, presentados o por presentar en el Servicio Público de Empleo, acogidos a las actividades relacionadas en el Real Decreto 463/2020, de tal manera que no hará falta indicar el número de referencia que nos tiene que comunicar la ConsellerÍa de trabajo para su tramitación.

B. MEDIDAS ÁMBITO FISCAL

Ponemos a vuestra disposición a través del siguiente enlace a la página web del Colegio en el apartado e-agenda, impartida por D. Oscar García Sargues recoge un resumen de las medidas fiscales más importantes que han sido publicadas a lo largo de estos días.

http://www.gestoresvalencia.org/restringido/index.htm

C. OTRAS MEDIDAS

Comunicado del Presidente de la Mutualidad de Gestores, en relación con las dificultades en que nos encontramos por la crisis sanitaria masiva generada por el COVID-19.

CARTA PRESIDENTE MUTUALIDAD

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